Herramientas de usuario

Herramientas del sitio


informacion_bienes_del_estado:modificacion_de_georreferencias

MODIFICACION DE GEORREFERENCIAS

Comentarios

La modificación de una entidad geográfica se producirá en casos de:

  • Cambio en el tipo de entidad geográfica (coordenadas o polígono del CIE)
  • Incorporación o eliminación datos dominiales, catastrales, registrales que impactan en la georreferenciación de la entidad geográfica por:
    • Estudio técnico del inmueble que termina los alcances del CIE.
    • Estudios de AABE o de Organismos, Informes de Organismos competentes (Catastro y Registro de la Propiedad Inmueble) que agregan o desestiman datos.
    • Actos administrativos que modifican CIE.
    • Estudio del inmueble que identifica inconsistencias y correcciones a efectuar.

CASOS TÍPICOS

  • Georreferencias delimitadas a partir de cruces automáticos de puntos con base catastral que no corresponden, de acuerdo al estudio o verificación del CIE.
  • Georreferencias parcial o totalmente superpuestas registradas por organismos distintos cuando no tienen asignado el uso compartido del sector superpuesto.
  • Georreferencias parcial o totalmente superpuestas registradas por un organismo cuando tienen distinto tipo de uso y/o situación.
  • Georreferencias desafectadas parcialmente por Resoluciones o Decretos que quitan superficie.

ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE PROVOCAN MODIFICACIONES

  • Resolución de asignación en uso que afecta parcialmente al CIE.
  • Acto de enajenación o disposición (transferencia dominial) que afecta parcialmente al CIE.
  • Acto de adquisición de inmueble: Resolución de aceptación de donación con cargo a favor del ENA (amplía el inmueble).

OBSERVACIONES

Para georreferencias superpuestas registradas por el mismo organismo siempre cuando no sean unidades funcionales/PH distintas de un mismo edificio que no es enteramente propiedad del ENA debe darse intervención a la Coordinación del Registro para que evalúe su COMBINACION. Georreferencias parcial o totalmente superpuestas registradas por un organismo pero con identificación propia distinta debe darse intervención a la Coordinación del Registro para que evalúe su COMBINACION.

Modificación de un polígono CIE existente

informacion_bienes_del_estado/modificacion_de_georreferencias.txt · Última modificación: 2020/11/10 23:09 por mschmitt