====== Aceptar Donaciones ====== [[Aceptar Donaciones.comentarios|Comentarios]] {{::wiki-icono_comentarios.png?nolink&20}} Es la orden que expresa la presidencia del organismo, mediante la cual la Agencia de Administración de Bienes del Estado hace uso de su facultad de “…Coordinar la actividad inmobiliaria del Estado Nacional, interviniendo en toda medida de gestión que implique la celebración, ya sea a título oneroso o gratuito, de los siguientes actos con relación a inmuebles estatales: (…) Aceptar donaciones o legados con o sin cargo…” (Dto. 1382/2013, Art. 4, Inc. 12). Mediante este instrumento, la AABE habilita la incorporación de un bien inmueble con o sin cargo al patrimonio nacional y, normalmente, lo [[herramientas_de_gestion:asignar_en_uso|asigna en uso]] a un organismo si la donación o legado que tuviere lugar sea con un destino específico de uso por un organismo de la Administración Pública Nacional. Este instrumento es con el cual el Registro realiza el alta de un bien en el [[informacion_bienes_del_estado:renabe|RENABE]] aunque este todavía no sea del Estado Nacional en términos del registro de la propiedad inmueble, para luego realizar la regularización dominial de titularidad. En todos los casos, el alcance de la acción puede ser por una superficie igual a la superficie total de un [[glosario:cie|CIE]] (incorporación nueva) o por una parte de este (ampliación). También puede haber aceptaciones de donación por inmuebles del RENABE en tanto estas provengan de un procedimiento de regularización dominial pero el estado nacional ya tenga derechos y acciones sobre esa superficie. En el registro esto se realizará con la subida del documento al inmueble y solicitud de inscripción en el RENABE en caso de ser una incorporación nueva, y una ampliación de superficie en caso de ser una ampliación.